El Juez en lo Contencioso Administrativo de Pergamino, Luciano Savignano, dispuso mediante un fallo judicial que las empresas que prestan servicio eléctrico no podrán cobrar dos impuestos creados por la Provincia en 1967 y 1978. De esta manera la tarifa se abaratará un 15,5%.
"El fallo comenzó por el pedido de cuatro Concejales", explicó Savignano en diálogo con Marianela en 221Radio y anticipó: "Cité al Defensor del Pueblo bonaerense, Marcelo Honores, para que esto sea extensivo a toda la Provincia".
La recaudación de dichos fondos debían destinarse exclusivamente a estudios, proyectos y trabajos que mejoren el desarrollo eléctrico en la Provincia. "Esto se estaría incumpliendo por lo cual dictamino el fallo", aclaró. "Los impuestos estarían siendo destinados a otros fines", agregó.
Las contribuciones figuran en las boletas de electricidad como Decreto Ley provincial 7.290 -Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico- y decreto ley 9.038 -Fondo Especial para Grandes Obras- y corresponden a un “impuesto” y un “adicional” con asignaciones específicas, creados en 1967 y 1978, respectivamente. La primera de ellas grava el consumo eléctrico en un 10 por ciento, y la segunda, en un 5,5%.